viernes, 27 de mayo de 2016

¿Cómo y quién elige al padrino? Una elección importante que no hay que tomar precipitadamente


Célébration de la Pentecôte à Lille

 
  
   
    Date de création: 20/05/2013
  
 


 
  
   
    Légende: 20 mai 2013 : Célébration de la confirmation de 1500 personnes, lors de la messe de Pentecôte, au Grand Palais de Lille. Le diocèse de Lille fête son centenaire. Lille (59), France.
    
    May 20, 2013: Mass of Pentecost at the Grand Palais, Lille (59), France.
  
 

Référence: 237253Corinne SIMON/CIRIC


El derecho a escoger los padrinos es del bautizando adulto, o de los padres si es niño. En cualquier caso, la elección de los padrinos debe ser tomada con calma y sin prisas.
 
Si se trata de un niño, la decisión debe ser madurada y consensuada entre los padres; mediante esta elección se tiene que iniciar una buena relación con su ahijado(a), que se irá intensificando con el crecimiento y desarrollo del niño, y que dejará evidencia del cariño en fechas señaladas, como los cumpleaños.
 
El derecho canónico instituye al padrino como guía del nuevo bautizado, pretende que sea en cierto modo su modelo de vida cristiana.
 
Quien asume el encargo de padrino en un bautizo asume unas obligaciones graves con su ahijado(a), que deben empezar a desplegarse desde el primer momento, no en el momento en que faltaran los padres si esto sucediera.
 
Y se debe ayudar a quienes vayan a aceptar el encargo de ser padrino a que lo hagan con plena conciencia de la responsabilidad que asumen ante Dios y ante el niño.
 
El padrino se instituye en el momento del bautismo y por tanto las obligaciones del padrino nacen en ese momento, no antes.
 
Se recomienda que el catecúmeno o los padres piensen bien las personas a las que piensan designar para un encargo tan delicado.
 
Y las personas que vengan escogidas para el rol de padrino o madrina deben considerarlo como algo gratificante; nunca se debe considerar ser padrino como una carga o aceptarlo por compromiso.
 
Y los padres evitarán sentirse ofendidos si alguno de los familiares o amigos elegidos rechazan la invitación de ser padrinos.
 
¿Pueden ser padrinos o madrinas sólo dos hombres o dos mujeres a la vez? No. El Código de derecho canónico en el canon nº 873 especifica: “Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una”.
 
Por tanto la Iglesia no autoriza a que dos personas del mismo sexo actúen como padrinos o madrinas a la vez. Estas indicaciones son también válidas para el sacramento de la confirmación y del matrimonio eclesiástico.
 
Se podrá admitir como padrino o madrina un hermano o una hermana mayor del niño. Por el hecho de vivir juntos bajo el mismo techo, por lo general, son mucho mejores padrinos, y se ha de fomentar esta práctica.
 
Funciones del padrino o padrinos
 
*- Presentar, junto a los padres, al niño que va a recibir el bautismo. Y la presentación del niño se refiere no sólo a la ceremonia litúrgica sino en las gestiones previas.
 
El padrino debe participar en las catequesis de preparación al sacramento junto a los padres, pues debe conocer el  significado de los símbolos y rito del bautismo, con el fin de que participe de modo activo en la celebración.
 
Ya en la iglesia, la madrina sujetará al bebé en sus brazos, y el padrino sostendrá la vela bautismal.
 
*- El padrino ha de velar por el crecimiento espiritual del recién bautizado -niño o adulto-.
 
*- Acompañarle en sus primeros pasos en la fe, que aprenda, como de su mano, los fundamentos doctrinales y morales de la fe cristiana.
 
Duración del oficio de padrino
 
La designación de padrinos es de duración indefinida. El derecho canónico no prevé la revocación del nombramiento. Si a pesar de la atención puesta para escoger bien al padrino, este no corresponde con las expectativas puestas en él, no se puede revocar o anular su nombramiento. Ya en la confirmación se escogerá un padrino o una madrina distintos, pero esto no anula el nombramiento del padrino de bautismo. Es, simplemente, un padrino que se añade al padrino de bautismo sin sustituirlo.
 

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